Atlas Electoral · Segunda República
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Contexto

Atlas Electoral · Segunda República Española · 1931–1936
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Contexto histórico

La Segunda República en contexto

Sistema político, normas electorales y las elecciones

Sistema político

Una república parlamentaria, 1931–1936

La Segunda República Española fue proclamada el 14 de abril de 1931, tras unas elecciones municipales celebradas dos días antes en las que los candidatos republicanos lograron una victoria abrumadora en las grandes ciudades españolas, provocando la salida precipitada del rey Alfonso XIII del país.

La Constitución del 9 de diciembre de 1931 estableció una "república democrática de trabajadores de toda clase" en España, articulada en torno a cuatro pilares.

Un legislativo unicameral. La República suprimió el Senado que había existido bajo la monarquía de la Restauración. Las Cortes se convirtieron en una cámara única de 473 escaños, elegidos cada cuatro años por sufragio universal. Toda la legislación requería la aprobación de las Cortes, y la cámara podía también censurar y hacer caer a los gobiernos.

Un ejecutivo dual. El Presidente de la República era el jefe del Estado, elegido por un período de seis años por una asamblea conjunta de diputados en ejercicio y un número igual de electores elegidos por votación popular. El Presidente del Consejo de Ministros era el jefe del Gobierno, nombrado por el Presidente y responsable ante las Cortes. En la práctica, los gobiernos se formaban y caían en función de las mayorías parlamentarias.

Un poder de disolución limitado. El Presidente tenía la capacidad de disolver las Cortes, aunque solo podía ejercer este poder dos veces durante un mismo mandato presidencial. Si el Presidente disolvía la cámara por segunda vez, las nuevas Cortes tenían el derecho de examinar los motivos de la disolución y, por mayoría absoluta, destituir al Presidente si consideraban que la disolución había sido improcedente. Esta cláusula llegó a aplicarse: Niceto Alcalá-Zamora (republicano católico de centro derecha) disolvió las Cortes anticipadamente en enero de 1936 por segunda vez tras una primera disolución en 1933 y las Cortes del Frente Popular recién elegidas votaron su destitución en abril de 1936.

Sufragio universal, incluidas las mujeres (a partir del 1933). El artículo 36 de la Constitución de 1931 otorgó el derecho a voto a todos los ciudadanos mayores de 23 años, independientemente del sexo. España se convirtió así en uno de los primeros países de Europa continental en introducir el sufragio universal igualitario. Las mujeres votaron por primera vez en las elecciones de noviembre de 1933.

Evolución institucional

Del Gobierno Provisional a la Guerra Civil

Abr–Dic 1931
Gobierno Provisional. Manuel Azaña (republicano de izquierda) ejerce como jefe del Gobierno bajo la presidencia de Alcalá-Zamora (republicano católico de centro derecha). Las nuevas Cortes Constituyentes, elegidas en junio de 1931, redactan y aprueban la nueva Constitución. Se debate el Estatuto de Autonomía de Cataluña.
Dic 1931–Sep 1933
Primera legislatura. El gobierno de Azaña impulsa reformas de calado: redistribución de tierras, separación de Iglesia y Estado, reorganización militar y aprobación del Estatuto de Autonomía de Cataluña (septiembre de 1932). La coalición pierde su mayoría en septiembre de 1933; Alcalá-Zamora disuelve las Cortes.
Nov 1933–Ene 1936
Segunda legislatura (bienio negro / bienio rectificador). Alejandro Lerroux (republicano centrista radical) encabeza sucesivos gobiernos con el apoyo parlamentario de la CEDA (conservadora católica). La insurrección de los mineros asturianos y la declaración independentista catalana de octubre de 1934 son reprimidas. Las recurrentes crisis gubernamentales llevan a Alcalá-Zamora a disolver las Cortes por segunda vez en enero de 1936.
Feb–Jul 1936
Tercera legislatura. El Frente Popular gana las elecciones de febrero. Manuel Azaña (republicano liberal de izquierda) es elegido Presidente de la República. Santiago Casares Quiroga (Izquierda Republicana, republicano liberal de izquierda) encabeza el Gobierno. El alzamiento militar del 17–18 de julio de 1936 desencadena la Guerra Civil, poniendo fin al orden constitucional republicano.
Sistema electoral

Un sistema mayoritario diseñado para las coaliciones

El marco electoral de la Segunda República se asentó sobre una versión sustancialmente modificada de la Ley Electoral de 8 de marzo de 1907 — la llamada Ley Maura, heredada de la monarquía constitucional — reformada por un decreto provisional en 1931 y una nueva ley electoral en 1933. Su lógica central era un sistema mayoritario plurinominal de voto limitado. Se elegía a varios diputados en cada circunscripción y los electores podían votar a un número de candidatos inferior al de escaños a cubrir, lo que generaba fuertes incentivos para formar grandes coaliciones electorales.

Circunscripciones provinciales con magnitudes variables. El país se dividió en 60–63 circunscripciones plurinominales que en su mayoría coincidían en líneas generales con las cincuenta provincias. La asignación de escaños seguía una ratio de aproximadamente un diputado por cada 50.000 electores, lo que dio lugar a un total de entre 470 y 473 escaños a cubrir en cada una de las tres elecciones. Las ciudades más grandes —las que superaban los 100.000 habitantes en 1931, elevado a 150.000 por la ley de 1933— formaban circunscripciones urbanas separadas, distintas de su provincia. En 1936 estas incluían Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla, Zaragoza, Bilbao, Málaga y Murcia.

Un mecanismo que primaba al ganador. En cada circunscripción, los electores podían votar a un número de candidatos equivalente al 80 por ciento de los escaños a elegir. Dado que los votantes solían otorgar sus votos a todos los candidatos de su candidatura preferida en bloque, los candidatos de la coalición o plataforma con más votos se hacían normalmente con el 80 por ciento de los escaños. El 20 por ciento restante solía ir a los siguientes candidatos más votados – normalmente pertenecientes a la segunda candidatura en número de votos–. El resto de los candidatos quedaban frecuentemente sin representación, con independencia de que el resultado fuera más o menos ajustado.

Tres estrategias electorales. Los partidos y coaliciones, evaluando estratégicamente sus perspectivas electorales, solían elegir entre tres estrategias distintas:

  • Candidatura de mayorías. Un partido o coalición presentaba tantos candidatos como votos tenía el votante con el objetivo de dirigir de forma eficiente sus apoyos electorales a todos sus candidatos en bloque. Era la estrategia dominante para la mayoría de las coaliciones o partidos que aspiraran a ser los más votados en su circunscripción.
  • Candidatura de minorías. Un partido o coalición podía optar, deliberadamente, por presentar un número de candidatos menor al número de votos de los que disponía el elector, para concentrar el máximo número de apoyos en unos pocos candidatos. Generalmente, se presentaba un número de candidatos equivalente al 20 por ciento de los escaños totales de la circunscripción (es decir, la diferencia entre el número total de escaños y el número de votos con los que contaba cada votante), para asegurarse el cupo de escaños restantes que no iría para la candidatura más votada. Era una estrategia muy empleada por partidos minoritarios o con pocas perspectivas de alcanzar la mayoría de los votos.
  • El copo. Una candidatura iba al copo si presentaba tantos candidatos como diputados se elegían en la circunscripción, ignorando el número limitado de candidatos que los votantes podían incluir en su papeleta, con el fin de hacerse con todos los escaños en juego. Era una estrategia arriesgada, ya que implicaba coordinar a los votantes de la candidatura de manera que no todos dieran su apoyo a los mismos candidatos. Ante una mala coordinación, la candidatura que iba al copo podía quedarse fácilmente sin ningún escaño si otra candidatura lograba sobrepasar a sus candidatos en número de votos. Pero si el reparto de votos entre los candidatos de la candidatura se realizaba de forma estratégica y sofisticada se podían lograr todos los escaños en juego.

Diputados electos, umbrales y segunda vuelta. Según la legislación republicana, los diputados electos eran los candidatos más votados de acuerdo con la magnitud de la circunscripción electoral. Desde 1931, todos los diputados electos debían tener el apoyo de, como mínimo, el 20% de los votantes, tanto si se habían presentado en una candidatura por mayorías como por minorías. En caso contrario, las vacantes—correspondientes a los candidatos más votados que no sobrepasaran este umbral—se debían cubrir en una elección complementaria (o segunda vuelta) que se celebraría al cabo de una semana. Además, desde 1933 se fijó también un mínimo de apoyos que debía obtener el candidato más votado en cada circunscripción para que los candidatos mayoritarios resultaran electos. Si ninguno de los candidatos recibía más del 40% de los votos, al cabo de dos semanas debía repetirse la elección. En el caso de que alguno de los candidatos superara el umbral del 40% pero hubiera entre los candidatos más votados alguno que no rebasaran el mínimo del 20%, también se celebraba la elección al cabo de dos semanas para completar la selección de diputados. En ambos casos, en la segunda vuelta sólo podían concurrir aquellos candidatos que hubieran recabado al menos un 8% de los votos en la primera vuelta. Las segundas vueltas no fueron marginales: en noviembre de 1933, varias circunscripciones requirieron una segunda votación el 3 de diciembre, de modo que los resultados nacionales no quedaron definitivamente resueltos hasta casi dos semanas después de la jornada electoral. En febrero de 1936 también hubo varias circunscripciones que celebraron una segunda vuelta el 4 de marzo de 1936.

Elección Umbral mayorías Umbral minorías Acceso a segunda vuelta
1931 20% de los votos emitidos 20% de los votos emitidos Segunda vuelta ~2 semanas después
1933 y 1936 40% de los votos emitidos 20% de los votos emitidos Listas con ≥ 8%; candidatos individuales con ≥ 20% proclamados directamente
Reformas de la ley electoral

De la Ley Maura al sistema republicano

El punto de partida de la legislación electoral republicana fue la Ley Electoral de 8 de marzo de 1907, conocida como Ley Maura por el nombre del presidente del Consejo conservador que la impulsó. La Ley establecía distritos uninominales rurales y circunscripciones plurinominales en las capitales de provincia. También contenía el polémico artículo 29, que permitía proclamar diputados electos a los candidatos de una circunscripción sin una votación efectiva cuando el número de candidatos era igual o inferior al de puestos a cubrir — un mecanismo ampliamente utilizado para garantizar resultados predeterminados en las circunscripciones rurales.

El Decreto de 8 de mayo de 1931, dictado por el Gobierno Provisional, modificó la Ley Maura para las elecciones a Cortes Constituyentes. Reorganizó el sistema en torno a circunscripciones provinciales plurinominales, suprimió el artículo 29 y transfirió la competencia para validar resultados impugnados del Tribunal Supremo a una comisión parlamentaria de actas, reduciendo así el control judicial sobre los litigios electorales. Además, introdujo el sufragio pasivo de las mujeres — es decir, el derecho a presentarse como candidatas, pero no aún el derecho a votar. Clara Campoamor (Partido Republicano Radical, centrista) y Victoria Kent (Partido Republicano Radical Socialista, republicana de izquierda) resultaron elegidas al amparo de estas normas.

El sufragio activo femenino — el derecho a votar — fue reconocido por el artículo 36 de la Constitución de 1931. En los debates de las Cortes Constituyentes, Campoamor lo defendió; Kent se opuso por razones tácticas, argumentando que, debido a la fuerte influencia clerical, el sufragio femenino beneficiaría a los partidos conservadores. Las mujeres votaron por primera vez en noviembre de 1933.

La Ley Electoral de 27 de julio de 1933, aprobada por las propias Cortes republicanas, rigió tanto en las elecciones de 1933 como las de 1936, modificando ligeramente las disposiciones del Decreto de 1931. La Ley elevó el umbral para la victoria en primera vuelta del 20 al 40 por ciento, aumentó el umbral de población para la formación de circunscripciones urbanas separadas de 100.000 a 150.000 habitantes y codificó las reglas de acceso a la segunda vuelta.

Historia electoral

De la república a la guerra civil, 1931–1936

La Segunda República celebró tres elecciones generales, una consulta constituyente, múltiples comicios parciales y repetidos, y las primeras elecciones parlamentarias regionales de la historia española moderna.

12 de abril de 1931
Elecciones municipales (toda España). El momento fundacional de la República. Los candidatos republicanos y socialistas arrasaron en las grandes ciudades, ganando en 41 de las 50 capitales de provincia. Aunque los monárquicos conservaron la mayoría de los municipios, los resultados en las ciudades fueron interpretados como un plebiscito contra la Corona. Alfonso XIII abandonó España sin abdicar. La República fue proclamada el 14 de abril de 1931. Un Gobierno Provisional tomó posesión bajo la presidencia de Niceto Alcalá-Zamora (republicano católico de centro derecha), con Manuel Azaña (republicano de izquierda) como ministro de la Guerra.
Elecciones municipales, toda España, 1931
Elecciones generales - Cortes Constituyentes, 1931
28 de junio de 1931
Elecciones generales — Cortes Constituyentes. La primera consulta nacional de la República, convocada para elegir la asamblea encargada de redactar la nueva Constitución. La Conjunción Republicana-Socialista, alianza de partidos republicanos de izquierda y centro con los socialistas, obtuvo una mayoría aplastante. El Partido Socialista Obrero Español (PSOE, socialdemócrata) obtuvo 116 escaños; el Partido Republicano Radical (republicanos centristas, liderado por Alejandro Lerroux) 94; el Partido Republicano Radical Socialista (republicano de izquierda) 56; Acción Republicana de Azaña (republicano liberal de izquierda) 26. La derecha monárquica y católica, que se presentó fragmentada en pequeñas candidaturas, obtuvo unos 50 escaños en total. Manuel Azaña fue nombrado Presidente del Consejo en octubre de 1931, al frente de una coalición de partidos republicanos de izquierda y centro con los socialistas.
12 jul. / oct. 1931
Segunda vuelta y elecciones suplementarias, Cortes Constituyentes. Las circunscripciones en las que ninguna candidatura había superado el umbral del 20 por ciento volvieron a las urnas el 12 de julio de 1931, resolviendo 12 escaños pendientes. Las irregularidades en la circunscripción de Barcelona exigieron elecciones suplementarias el 4 de octubre de 1931, con segunda vuelta el 11 de octubre. En octubre de 1931 hubo elecciones en algunos distritos porque había diputados que habían logrado escaños en varias circunscripciones y tuvieron que renunciar a ellos. La composición definitiva de las Cortes Constituyentes, una vez concluidas todas las rondas, ascendió a 470 diputados.
Segunda vuelta y elecciones suplementarias, Cortes Constituyentes, 1931
Elecciones al Parlamento de Cataluña, 1932
20 de noviembre de 1932
Elecciones al Parlamento de Cataluña. Las primeras elecciones al Parlament de Catalunya, celebradas tras la aprobación del Estatuto de Autonomía (Estatut de Núria) por las Cortes españolas en septiembre de 1932. Esquerra Republicana de Catalunya (ERC, nacionalista catalana de centro izquierda) obtuvo 56 de los 85 escaños, formando un gobierno mayoritario. Francesc Macià, que había presidido la Generalitat provisional desde abril de 1931, se convirtió en su primer President electo. Murió en el cargo el 25 de diciembre de 1933 y fue sucedido por Lluís Companys (ERC).
23 de abril de 1933
Elecciones municipales parciales (toda España). Elecciones municipales parciales celebradas en unos 2.500 municipios donde los resultados de abril de 1931 habían sido impugnados o anulados. La derecha y el centro obtuvieron resultados notablemente mejores que dos años antes, señalando un giro del electorado hacia la derecha.
Elecciones municipales parciales, toda España, 1933
Elecciones generales - Segunda Legislatura, 1933
19 nov. / 3 dic. 1933
Elecciones generales — Segunda Legislatura. Las primeras celebradas bajo la Ley Electoral de 1933 y las primeras en las que votaron las mujeres. La izquierda concurrió desunida: el PSOE (socialdemócrata) se presentó por separado de los partidos republicanos, fragmentando el voto de izquierdas. La CEDA (Confederación Española de Derechas Autónomas, conservadora católica) obtuvo 115 escaños — el mayor resultado individual —; el Partido Republicano Radical (centrista) 102; el PSOE cayó a 59. El 3 de diciembre se celebró la segunda vuelta en las circunscripciones sin resultado definitivo. Alejandro Lerroux (republicanos radicales centristas) formó gobierno con el apoyo parlamentario de la CEDA. El período de gobierno que siguió es conocido como el bienio negro por la izquierda, o el bienio rectificador por la derecha. La entrada de tres ministros de la CEDA en el gabinete en octubre de 1934 desencadenó la insurrección armada de Asturias y la declaración independentista catalana, ambas reprimidas, con la suspensión del estatuto catalán. Las recurrentes crisis llevaron a Alcalá-Zamora a disolver las Cortes por segunda vez en enero de 1936.
14 de enero de 1934
Elecciones municipales en Cataluña. Elecciones municipales celebradas en Cataluña durante la Segunda República. Disputadas en 1.030 municipios bajo unas reglas que otorgaban el 65 por ciento de los escaños a la lista ganadora, la votación dio la victoria global a las coaliciones de izquierda con aproximadamente el 52 por ciento de los votos. La Lliga Catalana (partido regionalista catalán de ideología conservadora) fue el partido individual más votado con cerca del 24,5 por ciento; ERC (partido nacionalista catalán de centro izquierda) obtuvo el 18,3 por ciento. Las coaliciones de izquierda dominaron el área metropolitana de Barcelona y el Penedès; la derecha obtuvo mejores resultados en Girona, Vic y Olot. Fueron las únicas elecciones municipales catalanas entre 1931 y la transición democrática de 1979.
Elecciones municipales en Cataluña, 1934
Elecciones generales - Tercera Legislatura, 1936
16 de febrero de 1936
Elecciones generales — Tercera Legislatura. El proceso electoral más polarizado del período republicano. El Frente Popular — coalición integrada por el PSOE (socialdemócrata), Izquierda Republicana (republicana liberal de izquierda, liderada por Azaña), Unión Republicana (republicana de centro), el PCE (Partido Comunista de España, marxista) y partidos regionales como ERC (nacionalista catalana de centro izquierda) — obtuvo 263 escaños. El Frente Nacional — que agrupaba a la CEDA (conservadora católica), Renovación Española (derecha monárquica), los carlistas (monárquicos tradicionalistas) y la Falange Española (liderada por José Antonio Primo de Rivera) — obtuvo 156 escaños con una proporción de votos comparable. El centro, incluido el Partido Nacionalista Vasco (PNV, demócrata cristiano regionalista) y los republicanos radicales (centristas), obtuvo 59 escaños. Cinco circunscripciones requirieron segunda vuelta el 4 de marzo de 1936.
7 abr. / 10 may. 1936
Destitución del Presidente y elección presidencial. La mayoría del Frente Popular invocó el artículo 81 de la Constitución, que permitía a la cámara censurar a un Presidente que hubiera disuelto las Cortes dos veces durante un mismo mandato. El 7 de abril de 1936, 238 diputados votaron a favor de destituir a Alcalá-Zamora (mayoría requerida: 209). Diego Martínez Barrio (Unión Republicana, republicano de centro) ejerció como Presidente interino. La Constitución exigía que el nuevo Presidente fuese elegido por un colegio electoral integrado por los diputados en ejercicio y un número igual de compromisarios — electores ciudadanos elegidos específicamente para este fin — elegidos el 26 de abril de 1936. El 10 de mayo de 1936, Manuel Azaña (Izquierda Republicana, republicano liberal de izquierda) fue elegido Presidente de la República con 754 votos de 912, muy por encima de la mayoría requerida de 457. La CEDA (conservadora católica) y los carlistas (monárquicos tradicionalistas) se abstuvieron.
Destitución del Presidente y elección presidencial, 1936
Elecciones repetidas en Cuenca y Granada, 1936
6 de mayo de 1936
Elecciones repetidas en Cuenca y Granada. La comisión parlamentaria de actas anuló los resultados de febrero de 1936 en las circunscripciones de Cuenca y Granada, alegando graves irregularidades. Las elecciones se repitieron el 6 de mayo de 1936. En Cuenca, una lista conjunta del Frente Popular y el centro obtuvo 69.407 votos frente a 48.573 de una coalición de derechas y la Falange Española. En Granada, donde el primer escrutinio había atribuido diez escaños a la derecha y tres al Frente Popular, la repetición otorgó una mayoría de escaños a los partidos de izquierda. Una vez consolidados los resultados y los ajustes posteriores de escaños, el Frente Popular contaba con 285 escaños en las Cortes.
28 de junio de 1936
Referéndum del Estatuto de Galicia. Galicia celebró un referéndum sobre su Estatuto de Autonomía, aprobado por una mayoría abrumadora. El alzamiento militar de julio de 1936 impidió su ratificación por las Cortes, y el territorio fue rápidamente ocupado por las fuerzas nacionales. El estatuto nunca llegó a aplicarse.
Referéndum del Estatuto de Galicia, 1936
Elecciones al Parlamento Vasco (en tiempo de guerra), 1936
3 de octubre de 1936
Elecciones al Parlamento Vasco (en tiempo de guerra). Las Cortes españolas aprobaron el Estatuto de Autonomía del País Vasco el 1 de octubre de 1936. Las elecciones al Parlamento Vasco se celebraron dos días después en el territorio aún bajo control republicano, principalmente la provincia de Vizcaya. El PNV (Partido Nacionalista Vasco, demócrata cristiano regionalista) obtuvo 31 de 61 escaños. José Antonio Aguirre (PNV) se convirtió en el primer Lehendakari (presidente del Gobierno Vasco), al frente de una coalición que incluía al PSOE, al PCE y a los partidos republicanos de izquierda.

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